• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: CESAR ARTURO TOMAS FANJUL
  • Nº Recurso: 647/2022
  • Fecha: 02/11/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La empresa accionante recurre en suplicación la sentencia del Juzgado de lo Social que desestima su demanda frente al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en reclamación de 5 días de desempleo en los que sus trabajadores estuvieron en ERTE suspensivo por COVID-19. La Sala de lo Social desestima el recurso, pues la normativa específica (RDL 8/2020) reguló los ERTEs por causa ETOP, y el art. 1 RDL 18/2021 permite la prórroga de los ERTEs vigentes a fecha 30/09/2021, señalando que se autorizará previa presentación ante la autoridad laboral, por parte de la empresa o entidad titular, de una solicitud al efecto, acompañada de la documentación; y, en el supuesto actual, no habiéndose solicitado la prórroga del ERTE, no es posible el reconocimiento del desempleo a sus trabajadores.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: MARIA PAZ FERNANDEZ FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 1914/2022
  • Fecha: 02/11/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DESEMPLEO
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA VIRGINIA GARCIA ALARCON
  • Nº Recurso: 789/2022
  • Fecha: 02/11/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Logroño
  • Ponente: MARIA DE LAS MERCEDES OLIVER ALBUERNE
  • Nº Recurso: 185/2022
  • Fecha: 02/11/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El actor recurre en suplicación la sentencia del Juzgado de lo Social que rechaza su pretensión de reconocimiento por el SPEE de 720 días de prestación por desempleo, en lugar de 600 días. La Sala de lo Social desestima la petición principal del recurso, convalidando el criterio administrativo, pues no cabe computar los períodos cotizados durante su inclusión en ERTE-COVID en su modalidad suspensiva, antes y después del 30/09/2020, ya que dicha situación es subsumible en el ámbito de la excepción a la regla general de reducción de las prestaciones consumidas a partir de dicha fecha que establece el art. 7.6.3º RD Ley 30/2020. No obstante, estima la pretensión subsidiaria y reconoce 660 días de prestación de desempleo, en lugar de los 600 admitidos en vía administrativa, dado que el actor estuvo trabajando a tiempo parcial, computándose como cotizados el período durante el que el trabajador ha permanecido en alta con independencia de que se hayan trabajado todos los días laborables o solo parte de los mismos, y ello, cualquiera que haya sido la duración de la jornada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO MUÑOZ ESTEBAN
  • Nº Recurso: 737/2022
  • Fecha: 02/11/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL MARIA ESTEVEZ PENDAS
  • Nº Recurso: 2152/2021
  • Fecha: 02/11/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Contencioso Administrativo
  • Municipio: Segovia
  • Ponente: RAUL MARTIN ARRIBAS
  • Nº Recurso: 94/2021
  • Fecha: 02/11/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: MULTAS Y SANCIONES
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: MARIANO GASCON VALERO
  • Nº Recurso: 247/2022
  • Fecha: 02/11/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DESPIDO OBJETIVO
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: MARIA BLANCA FERNANDEZ CONDE
  • Nº Recurso: 394/2021
  • Fecha: 02/11/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: EXTRANJERIA
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: LUISA MARIA HERNAN-PEREZ MERINO
  • Nº Recurso: 397/2022
  • Fecha: 02/11/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se analizan las cláusulas contractuales respecto de la duración del contrato, y así, consta que la duración inicial pactada fue de cuatro años, pudiendo resolverse sin necesidad de causa una vez transcurridos, previa comunicación por cualquiera de las partes de esa voluntad con tres meses de antelación por medio que permita conocer su recepción. Se niega por la apelante que obtenida la facturación establecida pudiera ser resuelto, pero el Tribunal, señala que son estipulaciones diversas, una es que si no se obtiene la facturación se resuelve de forma automática y otra es la posibilidad de resolución transcurridos los primeros cuatro años, por voluntad de cualquiera de las partes, realizando el correspondiente preaviso. Se fijan las directrices interpretativas de los contratos fijadas por la jurisprudencia. En cuanto al requerimiento mediante burofax, al haber sido entregado en la recepción de la propia actora y siendo esto en abril de 2020, en plena pandemia, cuando la empleada de la demandada que los recogía estaba en ERTE, se desconoce si el sistema de recepción fijado se mantuvo, es decir, recogida del casillero establecido, y por tanto no puede afirmarse que el burofax llegara a conocimiento de la demandada con al menos tres meses de antelación a la finalización del contrato.

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